Tal como había anticipado el vocero presidencial Manuel Adorni a través de una conferencia de prensa, el Gobierno estableció cambios en la reforma migratoria. A través del Decreto 366/2025, publicado en el Boletín Oficial, se modificaron las categorías de residencia, las condiciones para ingresar y permanecer en el país y los accesos a la salud y educación.
En primera medida se asentaron nuevos criterios de ingreso y residencia para regular la permanencia de extranjeros. “El Estado en todas sus jurisdicciones asegurará el acceso igualitario de los inmigrantes a las mismas condiciones de protección, amparo y derechos de los que gozan los nacionales, de acuerdo con los derechos y obligaciones correspondientes a cada categoría migratoria, en particular en lo referido a servicios sociales, bienes públicos, salud, educación, justicia, trabajo, empleo y seguridad social”, afirmaron en el documento.
A través de la normativa actualizada, el Gobierno efectuó cambios principalmente en materia de salud. “Los extranjeros residentes permanentes podrán acceder al sistema público en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos”, decretó, sin embargo, aclaró que en los establecimientos que brinden atención sanitaria administrados por el Estado, solo se brindará tratamiento médico o atención sanitaria habitual “contra la presentación de un seguro o la previa cancelación del servicio, de conformidad con las condiciones que establezca el ministerio”.
Incluso, en cuanto al ingreso, el Ejecutivo señaló: “A fin de ingresar en el territorio nacional, los extranjeros que soliciten admisión deberán presentar una declaración jurada en la que manifiesten el propósito de su ingreso, que cuentan con un seguro de salud para atender sus necesidades médicas y las demás condiciones que establezca la reglamentación”.
“En casos de emergencia no podrá negársele ni restringírsele el acceso a la asistencia social o a la atención sanitaria a todos los extranjeros que lo requieran, cualquiera sea su situación migratoria”, se especificó.






